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El PP acata la sentencia del TSJC sobre el nombramiento de la vicepresidenta, aunque no comparte su fallo

22, abr, ?04.- El Partido Popular (PP) de Cantabria acata la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Suiperior de Justicia de Cantabria (TSJC) desestimando el doble recurso presentado contra el decreto de nombramiento de la vicepresidenta del Gobierno de Cantabria, aunque no comparte su fallo, por entender que la propia sentencia reconoce que en el nombramiento no se ha seguido el procedimiento correcto que marca la Ley.

Así, la sentencia asegura en su fundamento sexto que, del Estatuto de Autonomía y de la Ley 6/2002 de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ?se deduce en una interpretación literal que el cese de los consejeros, y por extensión el del vicepresidente, exigen un acto formal de cese, esto es, exigen la publicación del correspondiente decreto?, hecho que no precedió a la designación de Dolores Gorostiaga como vicepresidenta del Gobierno. Asimismo, en el fundamento séptimo de la sentencia se califica como ?correcta? la tesis que viene a sustentar la parte recurrente ?el PP-, si bien considera que el nombramiento del nuevo presidente ?supone implícitamente (...) el cese en la condición de vicepresidente?, por lo cual desestima los recursos.

Por este motivo, el PP entiende que queda probado que el Gobierno de Cantabria no cumplió lo dispuesto en las normas jurídicas, como la misma sentencia reconoce en sus fundamentos, y que la decisión del tribunal parece motivada por el vértigo que ha sentido al plantearse cuáles serían las consecuencias de llevar esta cuestión hasta sus últimos efectos, pues supondría tener que declarar, casi un año después, la nulidad del nombramiento de la vicepresidenta del Gobierno. En conclusión, la Sala se ha inclinado más por su deseo de no perturbar el funcionamiento del Gobierno, que por exigir la aplicación estricta de la Ley, como pedía el PP.

El PP considera, también, que el consejero de Presidencia del Gobierno de Cantabria, José Vicente Mediavilla, ha omitido conscientemente parte de la sentencia cuando ha valorado la misma ante los medios de comunicación, puesto que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC reconoce que no se ha utilizado el procedimiento que marca la ley, aunque finalmente no se haya derivado ninguna consecuencia de ello.

Por este motivo, el PP considera que el señor Mediavilla no debería mostrarse tan ufano, tan soberbio y, por supuesto, tan ofensivo como para descalificar a los recurrentes y a sus asesores jurídicos, sobre todo porque la sentencia reconoce que, gracias a Mediavilla y a su equipo de asesores, el Gobierno incumplió el procedimiento. El hecho de que, a pesar de todo, Mediavilla continúe vanagloriándose, constituye un acto más de soberbia por parte del consejero.

Además, es un hecho cierto que, gracias a Mediavilla y a sus asesores, la vicepresidenta tuvo que tomar posesión de su cargo dos veces debido a irregularidades en el decreto. No parece, pues, que sea una gran motivo para sentirse orgulloso.

No obstante, la actitud de Mediavilla de utilizar una sentencia judicial para descalificar al PP, a pesar de que la propia sentencia califica como ?correcta? la tesis de la parte recurrente, demuestra perfectamente cuál es la condición, el estilo y la categoría personal del consejero de Presidencia, a quien, por cierto, habría que preguntarle, si tanto le preocupan los asuntos del liderazgo, si para alcanzar el puesto que ocupa ha ejercido él mismo un gran liderazgo en el seno del PRC, o más bien ha utilizado otros procedimientos al margen de los mecanismos habituales de los partidos.

El PP ha ejercido su derecho a recurrir un acto del Gobierno ante los tribunales. Estos reconocen las razones del PP, aunque la sentencia no haya tenido consecuencias jurídicas. Y el PP, aunque no comparte la sentencia, la acata.
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